Extranjería

Arraigo familiar en España 2026: Requisitos, procedimiento y guía completa

Manuel Franco 07 March 2026 10 visitas
Arraigo familiar en España 2026: Requisitos, procedimiento y guía completa

El arraigo familiar es una de las vías más directas para que ciudadanos extranjeros en situación irregular puedan obtener una autorización de residencia en España. A diferencia de otros tipos de arraigo, este procedimiento está diseñado específicamente para padres o madres de menores de nacionalidad española, reconociendo el derecho fundamental del niño a mantener relaciones familiares estables.

En esta guía completa te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el arraigo familiar en 2026: quién puede solicitarlo, qué documentos necesitas, cómo es el procedimiento y cuáles son los plazos actualizados.

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales regulada en el artículo 124.1 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011). Se concede a ciudadanos extranjeros que son progenitores de un menor de nacionalidad española y que tienen a su cargo al menor o ejercen la patria potestad sobre él.

Esta figura jurídica se fundamenta en el interés superior del menor y en el derecho a la vida familiar, principios protegidos tanto por la Constitución Española como por convenios internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño.

¿Quién puede solicitar el arraigo familiar en España?

Para poder acceder al arraigo familiar, debes cumplir los siguientes requisitos fundamentales:

  • Ser padre o madre de un menor español: El hijo debe tener nacionalidad española y ser menor de edad en el momento de la solicitud.
  • Ejercer la patria potestad: Debes tener reconocida la patria potestad, tutela o custodia del menor, o bien convivir con él.
  • Encontrarse en España: No es necesario demostrar un tiempo mínimo de permanencia en el país, a diferencia del arraigo social que exige tres años.
  • Carecer de antecedentes penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido durante los últimos cinco años.
  • No tener prohibición de entrada: No estar sujeto a una orden de expulsión con prohibición de entrada vigente (salvo excepciones).

Documentación necesaria para el arraigo familiar

Preparar correctamente la documentación es clave para que tu solicitud sea aprobada. Estos son los documentos imprescindibles:

Documentos del solicitante

  • Formulario de solicitud (EX-10) debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo en vigor (original y copia de todas las páginas).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde hayas residido los últimos cinco años, debidamente apostillado o legalizado y traducido por traductor jurado.
  • Empadronamiento: Certificado de empadronamiento que acredite tu domicilio en España.

Documentos relativos al menor

  • Certificado literal de nacimiento del menor español, expedido por el Registro Civil.
  • DNI o pasaporte del menor que acredite su nacionalidad española.
  • Libro de familia o documento que acredite la filiación y la patria potestad.
  • Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto con el menor (recomendable).

Documentos adicionales recomendados

  • Informe de escolarización del menor.
  • Cartilla sanitaria del menor.
  • Cualquier documento que acredite el ejercicio efectivo de las responsabilidades parentales.

Procedimiento paso a paso

El trámite del arraigo familiar sigue estos pasos:

1. Preparación de la documentación

Reúne todos los documentos indicados anteriormente. Recuerda que los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, si no están en español, traducidos por traductor jurado. Te recomendamos consultar nuestra guía sobre legalización y apostilla de documentos.

2. Solicitud de cita previa

Debes solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas. Puedes hacerlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Consulta nuestra guía para obtener cita previa de extranjería.

3. Presentación de la solicitud

Acude a tu cita con toda la documentación original y copias. Deberás abonar la tasa modelo 790 código 052, cuyo importe actualizado en 2026 es de aproximadamente 16,08 euros.

4. Resolución

La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver la solicitud desde la fecha de presentación. Si transcurre este plazo sin respuesta, se considera silencio administrativo positivo, lo que significa que la solicitud se entiende estimada.

5. Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Una vez concedida la autorización, tienes un mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente. También necesitarás obtener tu Número de Identidad de Extranjero (NIE) si aún no lo tienes.

Duración y renovación de la autorización

La autorización de residencia por arraigo familiar se concede por un período de un año. Una vez finalizado este período, podrás solicitar su renovación, que habitualmente se concede por dos años adicionales, siempre que se mantengan las circunstancias que dieron lugar a la concesión inicial.

Tras cinco años de residencia legal continuada, podrás solicitar la residencia de larga duración, que te permitirá residir y trabajar en España de forma indefinida.

¿El arraigo familiar permite trabajar?

Sí. Una de las grandes ventajas del arraigo familiar es que la autorización de residencia concedida habilita para trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de solicitar una autorización de trabajo independiente. Esto facilita enormemente la integración laboral y económica del solicitante.

Diferencias entre el arraigo familiar y otros tipos de arraigo

Es importante no confundir el arraigo familiar con otras figuras similares:

  • Arraigo social: Requiere tres años de permanencia continuada en España y un contrato de trabajo o medios económicos. Más información aquí.
  • Arraigo laboral: Exige dos años de permanencia y demostrar relaciones laborales previas en España. Consulta nuestra guía.
  • Arraigo para la formación: Orientado a personas que se comprometen a realizar formación reglada. Descubre los detalles.
  • Arraigo familiar: No exige tiempo mínimo de permanencia ni contrato de trabajo, pero sí ser padre o madre de un menor español.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo familiar

¿Puedo solicitar el arraigo familiar si mi hijo aún no ha nacido?

No. El menor debe haber nacido y tener reconocida la nacionalidad española en el momento de presentar la solicitud. Sin embargo, puedes iniciar los trámites de inscripción de nacimiento y nacionalidad del menor de forma simultánea.

¿Qué ocurre si tengo un expediente de expulsión abierto?

Tener un expediente de expulsión no impide automáticamente solicitar el arraigo familiar. Los tribunales han establecido reiteradamente que el interés superior del menor debe prevalecer, por lo que es posible solicitar la suspensión o archivo del expediente de expulsión. Consulta nuestra guía sobre expedientes de expulsión.

¿Necesito un informe de integración social?

No. A diferencia del arraigo social, el arraigo familiar no requiere un informe de integración social emitido por la comunidad autónoma.

¿Puedo solicitar el arraigo familiar si el otro progenitor ya tiene residencia?

Sí, el hecho de que el otro progenitor tenga residencia legal no impide tu solicitud. Lo relevante es que tú seas progenitor del menor español y ejerzas la patria potestad.

¿Por qué contar con un abogado de extranjería?

Aunque el procedimiento pueda parecer sencillo, la realidad es que cada caso presenta particularidades que pueden complicar la solicitud. Un abogado especializado en extranjería puede:

  • Revisar tu documentación para evitar errores que provoquen requerimientos o denegaciones.
  • Asesorarte sobre la mejor estrategia si tienes antecedentes de irregularidad o expedientes de expulsión.
  • Representarte ante la Administración y, si es necesario, interponer recursos administrativos o judiciales.
  • Agilizar los plazos y garantizar que no se vulneren tus derechos.

En Abogadoz, contamos con un equipo de abogados expertos en derecho de extranjería que te acompañarán en todo el proceso. Contacta con nosotros para una consulta personalizada y da el primer paso hacia tu regularización en España.

M
Escrito por
Manuel Franco

Comentarios (0)

Deja un comentario
No será publicado
Buscar
Consulta Gratuita
Cuéntanos tu caso
Por favor, introduce tu nombre.
Por favor, introduce un email válido.
Por favor, describe tu consulta.
Debes aceptar la politica de privacidad.
Protegido por reCAPTCHA de Google. Privacidad y Terminos de Google aplican.
¿Necesitas un abogado?

Encuentra al mejor especialista para tu caso

Buscar Abogado